Para una buena reforma impositiva

La discusión del Pacto Fiscal durante este año con el cambio por el
DRCAFTA, debe procurar la re-formulación del sistema de ingresos estatales, el
cual depende en un 80% de impuestos internos o sea del Impuesto Sobre la Renta,
del Impuesto Selectivo al Consumo y del Itebis (Impuesto a la Transferencia de
Bienes Industrializados y Servicios).

Debemos agregar cosas nuevas para bajar ese 80% y
tener mejor control. Aduanas, por ejemplo, aportó sólo 70,639.25 millones de
pesos en 2013 y en el 2015 bajará a un 40% de ese monto.
Por ejemplo, nosotros los profesionistas contables o jurídicos, o sus
auxiliares y los agentes aduanales, entre otros, debemos ser penalmente
responsables de los delitos fiscales cuando derivados de un contrato, convenio
o cualquier otro acto que implique asesoría, establezcamos o llevemos a cabo
por sí o por interpósita persona, mecanismos vinculados con esquemas ilícitos o
incumplimiento a obligaciones fiscales. Somos los primeros en maquinar una
laguna. Aunque la ley lo establece debemos ser más estrictos.
Estas son algunas ideas:
Crear modificaciones tocantes a Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) en
el Código Tributario, subsistiendo está en la mayoría de sus disposiciones
aquellas que hoy en día están vigentes con los siguientes cambios, entre otros:
1. Para personas morales la tasa impositiva subirá al 32%,
provisionalmente.
2. Las personas morales que distribuyan dividendos cash deberán pagar un
10% más de ISR sobre el pago de dichos dividendos. No así si re-capitalizan en
acciones.
3. En cuanto a deducciones:
a) Los pagos a partes relacionadas, no serán deducibles cuando dichos
pagos no estén sujetos a por lo menos el 75% del ISR que se cause en Rep. Dom.
b) Las inversiones en automóviles solo serán deducibles hasta un monto de
5% como depreciación anual. Vehículos duran muchos y entran casi nuevos.
c) Los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta
por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.59 serán no deducibles.
Limitar exoneraciones.

d) Tratándose de regalías serán deducibles
cuando sean efectivamente
pagadas, no acreditadas.

4. Se incorpora un régimen denominado Régimen
Opcional para Grupos de
Sociedades (Sociedades Integradoras e Integradas) que pagaran tasa
máxima, no serán pequeños contribuyentes.

5. Se eliminaría el Régimen de Consolidación Fiscal
conjunto económico, estableciendo el régimen nuevo 2014, a través de
disposiciones transitorias en la reformada Ley del ISR.

6. La tasa máxima para personas físicas cuyos ingresos
anuales sean superiores a $1,000, 000.00 pesos anuales se incrementará al 32%.
7. Se ampliará el Régimen de Pequeños Contribuyentes. El PST de ingresos
se incrementa de RD$7.8 millones a RD$10 millones. Y que la tasa para la
aplicación de la base imponible sea fija del 10%. En tanto que el PST de
compras sea hasta RD$36 millones. Seguirán todos pagando el 1.5% de las ventas
brutas, el 1% de los activos productivos y el 1% de los activos fijos.
8. Se incorpora un nuevo Régimen denominado Régimen de Incorporación
Fiscal aplicable únicamente a las personas físicas que realicen actividades
empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se
requiera título profesional, siempre que sus ingresos en el ejercicio inmediato
anterior superen el medio millón.
Los informales y por cuenta propia deben pagar claramente
9. Las personas físicas que obtengan ganancias por la enajenación de
acciones cotizadas en bolsa, estarán obligadas al pago del 10% por concepto de
ISR sobre dichas ganancias.
10. Las personas físicas únicamente podrán deducir como máximo el monto
de las deducciones personales (gastos médicos, hospitalarios, de funeral,
intereses por créditos hipotecarios, etc.) que no excedan de dos salarios
mínimos elevados al año o bien el equivalente al 10% de sus ingresos del año,
lo que sea menor.
11. A partir del 1º de enero de 2014, las instituciones de crédito
(Bancos) no podrán deducir las pérdidas por créditos incobrables que hubiesen
deducido conforme a la ley que se abrogará.
12. Aquellos socios o accionistas que hubiesen constituido Sociedades
Inmobiliarias de Bienes Raíces y hubieren aprovechado el estímulo fiscal
vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 de FIDEICOMISO, deberán acumular la
ganancia diferida que generaron sus aportaciones de inmuebles a dichas
sociedades, en el ejercicio en que las sociedades a las que hubiesen hecho la
aportación hayan vendido el inmueble aportado o bien se enajenen sus acciones,
de lo contrario, si al 31 de diciembre de 2016 no se dan tales supuestos, dichas
personas deberán acumular la ganancia diferida en dicha fecha actualizada.
Se abrogará la Ley del Impuesto al cheque. No estimula su circulación
Se gravarán a la tasa general del itebis. Nuevos rubros no polémicos:
I. La enajenación de bienes entre residentes extranjeros y locales, aun
estén estos en el extranjero, con vínculos en RD pagaran, vía sus apoderados en
RD tasa mayor.
II. La enajenación de activos que se encuentren sujetos a régimen
aduanero de recinto fiscalizado estratégico como las Zona francas pagaran
Aduanas e Impuestos Internos por esas ventas locales.
Tan pronto nuestras exportaciones aumenten se disminuirán todos los impuestos
internos gradualmente del 32 al 20% y se dependerá no del 80% con el DGII, sino
del 70% y un 30% por otros y aduanas.
Estos cambios generarán una recaudación alta y adicional de un 2% del PIB
a precios corrientes y se debe estudiar para eliminar el déficit, que tenemos,
sin traer muchas protestas, máxime ahora que el DRCAFTA desgravará muchos ítems
que antes pagaban.
Para el primero de enero del 2015, el 97% de los productos contemplados
en acuerdo DRCAFTA entraran al país libre de aranceles.

Y ahora de ¿dónde sacará el gobierno recursos?
johnsanchez44@hotmail.com

Compártelo en tus redes:
ALMOMENTO.NET publica los artículos de opinión sin hacerles correcciones de redacción. Se reserva el derecho de rechazar los que estén mal redactados, con errores de sintaxis o faltas ortográficas.
0 0 votos
Article Rating
Suscribir
Notificar a
guest
0 Comments
Comentarios en linea
Ver todos los comentarios