Otra ramera judicial (1)

La oscura sentencia del Tribunal Superior Electoral, dictada en fecha 17 de mayo, 2017, anulando la virtuosa resolución de la actual Junta Central Electoral, sobre la posición que correspondería a los partidos políticos en la boleta electoral y los recursos de financiación del Estado, constituye el último registro de la ominosa historia del secuestro institucional que lapidariamente domina en la República Dominicana.

 

Evidente categoría de conjura jurídica política tiene la sentencia sin gloria con la que el TSE invade de  forma grosera, convicta y confesa,  facultades constitucionales supremas que corresponden a la Junta Central Electoral.

 

Este mamotreto es una ramera judicial que reniega derechos, agrede preceptos constitucionales, desintegra el espíritu de la ley 275-97, viola reglamentos procesales, miente impúdicamente  y sirve al monopolio político con alevosía y asechanza, sin ninguna dignidad.

 

Penosamente algunos actores políticos, reconocidos como connotados juristas, como es el caso del Dr. Guillermo Moreno y su partido Alianza País, se sumaron a la consumación de esta barbaridad judicial, inspirados en la obtención de una mejor posición y un micro incremento en la asignación del Estado, quizás sin ponderar lo que se está escudando con el funesto precedente de que el TSE, usurpe los fueros jurídicos supremos de la Junta Central Electoral, con proyección a las elecciones del 2020. El herrero peledeísta está esculpiendo la espada que usará de forma impune en la guerra de poder del 2020, en el cuerpo inerme de los partidos de oposición.

 

En ámbitos particulares, el código de conjura jurídica política despojó al Partido de Unidad Nacional, el PUN, de la posición #7 que legítimamente le corresponde, desplazándolo a la posición #25, así como la festinación ultrajante de los fueros económicos como derechos adquiridos constitucionalmente.

 

La coherencia entre los actores de la conjura jurídica es sorprendente, más allá de la razón de derecho, el hecho que le sirvió al TSE para justificar su abuso de poder, fue el aborto prohijado por la Junta Central Electoral del taimado Roberto Rosario, consistente en una simple decisión administrativa, tomada el día 8 de mayo, 7 días antes de las elecciones generales del año 2016, dada a conocer únicamente al PRSC el día 12 del mismo mes (4 días antes de los comicios). Al resto de los partidos políticos se le notificó la decisión después de las elecciones, el día 17 de junio, 2016 (Véase la Resolución de la JCE No.02/2017, d/f 7/2/2017, pág. 7, párrafo 2).

 

La trama se quedó sin alas de autoridad moral y anda arrastrándose por el suelo, con el dato esencial de que la JCE de Roberto Rosario no dio a conocer antes de las elecciones, a los actores del proceso, a excepción del PRSC, la existencia de la decisión y en consecuencia no tiene categoría jurídica de regla de participación, pero la prepotencia del poder perverso no renuncia a depredar su presa, en aras de satisfacer a los aliados oficialistas, especialmente al PRD, su obstinación de que se le regale la posición No.3 en la boleta electoral.

 

De todas formas, aún cuando la JCE hubiese notificado la decisión a todos los partidos, no tendría valor jurídico, porque todos los ciclos procesales atinentes al escrutinio del 2016, estaban consumados y eran irreversibles por vencimiento de plazos de ley, llámese acuerdos de alianzas, convenciones electivas, proclamaciones e inscripciones de candidaturas, resoluciones de aprobación de la JCE y plazos legales del calendario electoral.

 

Aclarado lo esencial,  es un absurdo risible alegar derechos adquiridos por parte del PRD y otros partidos oficialistas, beneficiarios del secuestro institucional y obras judiciales oscuras contra el sentido de la razón, la verdad, la moral, la justicia, el derecho, la ley, la jurisprudencia electoral, la lógica jurídica, la racionalidad y el principio de la igualdad. ¿Por qué será que el PRD nunca pierde un caso en el TSE? ¿Será el partido elegido de Dios?

 

Con la declaración ofrecida el pasado sábado 20 del corriente, en el periódico Listín Diario, por el Presidente del Tribunal Superior Electoral, Dr. Mariano Rodríguez, aclarando que ofreció un voto disidente contra el referido mamotreto judicial, por considerar que violaba preceptos legales y principios constitucionales; esa sentencia se sepulta a sí misma en la tumba del deshonor.

 

La decisión de la Junta Central Electoral de recurrir la decisión de marras, ante el Tribunal Constitucional, es sencillamente una esperanza que podría levantarse de su lecho de muerte, revivida por el tribunal supremo que debe preservar la integridad del orden constitucional de la República Dominicana.

lic.pedrocorporan@gmail.com

jpm

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