La eutanasia terrible mal de algunos países
Del griego eu, bien, bueno, buena, y thanatos, muerte.) Muerte sin dolor, sin sufrimiento, muerte dulce. En sentido limitado, es la muerte provocada por un sentimiento de piedad para acortar el sufrimiento del agonizante. El estudio de la eutanasia, desde el punto de vista jurídico, se ha encarado de diversas formas:
1º) Cuando el hecho asume carácter delictivo se lo ha considerado: a) como una simple circunstancia atenuante que influye sólo dentro del marco penal del simple homicidio, como atenuante de la penal, o b) como una figura del homicidio atenuada por el móvil. 2º) Cuando se lo ha considerado como hecho impune, se ha tomado en cuenta para valorarlo así: a) el consentimiento del interesado; b) el cumplimiento de un fin reconocido por el Estado, o c) la naturaleza del móvil generador de la conducta homicida.
Si la ley no contiene una prescripción expresa sobre la muerte piadosa, el hecho cae dentro de la previsión del homicidio. En algunas legislaciones la eutanasia es objeto de esa atención especial por parte del legislador, en que se llega al perdón judicial, o se atenúa sensiblemente la pena.
El profesor Soler no justifica la eutanasia, pero distingue sensiblemente la gravedad de un homicidio cometido a impulsos de un sentimiento de piedad, sobre un enfermo grave e incurable ante el pedido serio e insistente de él.
Mientras no exista una expresa disposición legal que autorice lo contrario, quien da muerte a otro, aunque lo haga impulsado por motivos piadosos y aun mediando consentimiento expreso de la víctima, y hasta reiteradas y serias demandas, actúa siempre en forma penalmente ilícita.
Desde el punto de vista jurídico estricto, la eutanasia es muerte provocada por voluntad propia, tratándose de evitar el sufrimiento físico en un enfermo incurable, a fin de evitarle una muerte dolorosa. Asimismo, la eutanasia se concibe como la práctica medica que aspira a evitar el sufrimiento y el dolor al enfermo, aunque con ello se abreve su vida, a través de la administración de dogas y preparados médicos diversos.
La eutanasia no abarca la muerte ocasionada a enfermos ancianos o débiles mentales, o a ninguna otra persona, pues, entonces estaríamos en presencia del homicidio, e incluso del asesinato. Tampoco se considera eutanasia el no aplicar al enfermo incurable un medio extraordinario de coste muy elevado o de sofisticada tecnología que puede procurar el alargamiento de la vida del paciente, pero no su curación.
Como no suelen existir previsiones especificas en los códigos penales, por lo general si la eutanasia se practica sin el consentimiento de la persona, la mayoría de los ordenamientos la consideran delito de homicidio, y si se lleva a cabo con consentimiento, delito de auxilio al suicidio. En nuestra legislación la eutanasia se asimila al homicidio voluntario, de acuerdo a las prescripciones del artículo 295 del Código Penal.
Eo problema ético de la eutanasia está planteado desde que la medicina actual ha encontrado múltiples formas de alargar la vida de los pacientes, muchos de ellos incluso en el llamado estado vegetativo. Si el paciente no ha expresado su consentimiento antes de caer en ese estado, la eutanasia no puede ser ética mente justificada.
El movimiento para la legalización de la eutanasia comenzó en Inglaterra en 1935, con la creación de la Asociación por la Legislación de la Eutanasia Voluntaria, que después se denominaría Asociación para la Eutanasia. Años después se fundó otra asociación con el mismo objeto en Estados Unidos. Sin embargo, la polémica se remonta a la antigua Grecia, pues, se hallan textos acerca de este tema en Sócrates y Platón.
En marzo de 2021 el Congreso de los Diputados español aprobó la ley de la Eutanasia. Es uno de los países que posee la eutanasia. En USA hay suicidio asistido, pero sólo en diez estados de la Unión y en el distrito de Columbia. Bélgica, Holanda, Nueva Zelanda, Luxemburgo, Suiza, Portugal y Canadá han legislado sobre la eutanasia y la muerte asistida.
Son 200 países más o menos, reconocidos por la Organización de Naciones Unidas. El escritor y periodista cubano Carlos Alberto Montaner, optó por la eutanasia o suicidio asistido en Madrid, como consecuencia de la terrible enfermedad que le agobiaba. Parálisis Supranuclear Progresiva, un Parkinson más agresivo. Este egregio escritor, perdió las facultades de escribir, pasión que llevó su vida desde la isla y hasta el exilio. La decisión de terminar con su propia vida es permitida en apenas siete países del mundo, incluyendo uno latinoamericano, Colombia.
Siempre viene la interrogante. ¿Es moralmente ético para un médico acceder a la voluntad de un paciente que quiere morir? ¿Tiene ese derecho el enfermo? Ese es el gran debate relacionado con la eutanasia, una decisión irreversible que compromete la responsabilidad penal del que auxilia en los países que no lo permiten como el nuestro. Montaner nació en La Habana en 1943. Fue autor de Informe Secreto sobre La Revolución Cubana, Perro mundo, (novela) Instantáneas al Borde del Abismo (relatos), Póker de Brujas (relatos), y otros libros de ensayos políticos y literarios.
jpm-am
la eutanasia,muerte asistida,debe incorporarse cómo uno de los derechos humanos.no hay necesidad de que algunas personas tengan que sufrir tremendas penurias,y sus familiares verlos sufrir,cuando ya no hay esperanza de recuperación.eso es tortura.el doctor kerkovian en usa,así lo entendía y ayudó muchas gentes a morir en paz.luego fue encarcelado. ver película con al pacino.