El transfuguismo no debe ser
La Constitución de la República establece en su artículo 216 que los fines esenciales de los partidos políticos son garantizar la participación de ciudadanos y ciudadanas en los procesos políticos que contribuyan a fortalecer la democracia; contribuir, en igualdad de condiciones, a la formación y manifestación de la voluntad ciudadana, respetando el pluralismo político mediante la propuesta de candidaturas a los cargos de elección popular; y servir al interés nacional, al bienestar colectivo y al desarrollo integral de la sociedad dominicana.
La importancia de los partidos políticos se refuerza cuando la Constitución establece en su artículo 77, inciso 1, a quien pertenece el cargo de senador o diputado. Se señala que “cuando por cualquier motivo ocurran vacantes de senadores o diputados, la cámara correspondiente escogerá su sustituto de la terna que le presente el organismo superior del partido que lo postulo´.
Implícitamente se reconoce que el cargo pertenece al partido.
Desde esta perspectiva, los partidos son pilares fundamentales para la validez de la representación y la participación política, tanto a nivel electoral como en el ejercicio de las funciones congresuales. Fortalecer el proceso democrático pasa por fortalecer los partidos políticos.
Sin embargo, en aparente contradicción, la propia Constitución introduce un factor que genera confusión en cuanto al papel central de los partidos políticos en el proceso de formación de la voluntad popular.
En el artículo 77, inciso 4, se establece que los senadores y los diputados no están ligados por mandato imperativo. Esto se interpreta como que una vez electo, un representante es dueño de su escaño y, por consiguiente, puede marcharse libremente a otro partido distinto del que le presentó a las elecciones, abrogándose el derecho de falsear la voluntad popular.
De esta forma se justifica el transfuguismo, perdiendo de vista el vínculo y representación del congresista con el partido que lo postuló y su rol como intermediario de la voluntad popular. Esto, a riesgo de debilitar las estructuras políticas, que son el soporte principal del régimen democrático.
El transfuguismo ha sido tema de debate en casi todos los países democráticos. Algunos, como Portugal, llegaron a establecer en su Constitución (1976) que los diputados que se inscriban en un partido distinto de aquél por el cual se hayan presentado en las elecciones perderán el mandato.
Por su parte, el Supremo Tribunal Federal de Brasil, mediante sentencia del 4 de octubre de 2007, estableció que el mandado político tiene un doble vínculo: entre los ciudadanos y los representantes y, en segundo lugar, entre éstos y su partido político; y que el transfuguismo genera la ruptura de ambos, creando una deslealtad no sólo con el partido político y sus militantes, sino también una deslealtad con el electorado.
Establecer constitucionalmente que los senadores y los diputados no están ligados por mandato imperativo abre la puerta al transfuguismo. Desde nuestra perspectiva, esto debería corregirse o enmendarse en una reforma constitucional. Porque el transfuguismo no debe ser. Señores, ¡así no es!
JPM
temo, como «presidente subjudice» de un partido importante como el pld, debería hablar/escribir por bocinas, no firme los artí****s por favor….tú moral sigue en caída libre, gracias a dios!!!, aahhh olvidaba preguntar, y tú declaraciòn jurada, pa’cuando?…..
aqui no se está hablando de asuntos penales si no de la traición a la voluntad popular que realizan los transfugas. a caso consultan a quienes votaron por ellos para irse como una prostituta de un partido a otro? no, son decicisiones de conveniencias personales e individuales y no sociales ni patrióticasdas. la indiferencia y el repudio moral y público debe ser la respuesta de los votantes cuyas voluntades fueron traicionadas.
veraz, pero cuando miembros de otros partidos pasaron al pld, no habia transfuga. eran patriotas.
don temístocles, la verdad hay que ser un «cara dura» para remitirse a la constituciòn como explica en el primer párrafo del artí****; esa violaciòn debiò ser invocada cuando usted y el resto de la «ganga peledeísta» hicieron desde el poder hace pocos meses….recuerde los hombres se miden como terminan sus actuaciones frente a la sociedad y la historia, ejemplos hay de sobra en rd.
ahora. porque no le conviene, si mal no recuerdo fueron ustedes los de esa ley
esa es la constitución que leonel fernadez r. se hizo a su medidada, dejando muchos huecos para el baridaje de los corruptos y bandidos.
porque no ponen un paredon en donde esta el altar de la patria ? para acabar con este tipo de gente deshonestos, ladrones, que llegaron al poder a robar
juan temistocles montas sabe que esa fue la constitución de danilo medina y el pld, la culpa de todo la tiene danilo medina por manipulador, penso que tenian el poder para imponer lo que le daba la gana, resulta que no fue así, ahora en otro orden este descarado tiene que ir preso, es un corrupto y ladrón que admitió que recibió 10.5 millones de dólares en sobornos. el metió su familia a cobrar en el estado, un mantenido por los contribuyentes.
no sabía que el expresidente medina había hecho una reforma constitucional en el año 2010. usted bien sabe que el promotor de esa reforma fue leonel fernandez r. que incluyó en ella todo lo que le convenía a sus intereses personales, pero utiliza el sofisma de culpar a otros. y en cuánto a sus imputaciones delictivas, no se haga complice, lleve las pruebas a la procuduría y no cacareee como las gallinas malas ponedoras.
quien tiene que llevar la prueba es el de que no lo hizo, según la ley no tengo que llevar ninguna prueba, ese es un corrupto y ladron.
transfuguismo de que danilo y ustedes su pandilla de ingratos y traidores se quedarÁn solos en esas desacreditadas siglas.
que hace esta rata que no esta preso?
yo no se porque este delincuente, ladronazo no esta siendo investigado , hablando disparate
temistocle es una serpiente , debiera estar preso como dice camarlengo