El testimonio como medio de prueba

Contrario a la escritura, que tomó su tiempo para desarrollarse, el habla, como medio de comunicación, ha estado presente desde el nacimiento de la humanidad. El testimonio, que es una manifestación del habla, es tan antiguo, que está presente en el primer libro del viejo testamento, esto es, en Génesis, pues una vez Dios se percata de la desobediencia de Adán y Eva, los interroga a ambos, y ambos le dan su propio testimonio a Dios. Así de tan viejo es el testimonio.

El testimonio ha sido utilizado como medio de prueba en los procesos judiciales desde hace siglos, pues a falta de la escritura en el principio de la humanidad, ha sido para los hombres, el más viejo medio de prueba empleado para procurar la búsqueda de la verdad.

En la actualidad, el testimonio sigue siendo en los procesos penales uno de los medios de prueba más utilizados, y también uno de los más complejos de valorar, pues éste continua siendo en muchos ordenamientos jurídicos actuales, en especial de los países menos desarrollados, la prueba estelar de los procesos penales, contrario a aquellos países en donde se ha logrado un avance tecnológico y científico significativo, en donde las pruebas científicas son para los juzgadores en su proceso de valoración, las que ocupan los primeros lugares de importancia en los procesos penales.

Históricamente se puede decir que el testimonio tuvo tres grandes etapas, una primera etapa conocida como la de la presunción de la veracidad, una segunda llamada la etapa de la desconfianza, y una tercera conocida como etapa científica.

En la etapa de la presunción de la veracidad, el doctrinario Francoise Gorphe, en su libro La Crítica del Testimonio, afirma que es en esta etapa donde aparecen las primeras noticias de la prueba testimonial, que para esos tiempos, la prueba testimonial se caracterizaba por una absoluta confianza, ya que se entendía que el hombre siempre decía la verdad.

En la etapa de la desconfianza, los estudios abandonaron la presunción de la veracidad y se refugiaron en el escepticismo, logrando avances en el desarrollo de la prueba testimonial, ya que  sustituyeron las fundamentaciones místicas que hasta esa época regían la prueba.

En la etapa científica es cuando todas las ciencias jurídicas evolucionaron hacia la cientificidad, la prueba judicial, y en especial la prueba testimonial, que afortunadamente no se quedó atrás.

Jairo Parra Quijano, en su obra “Tratado de la prueba judicial, define el testimonio como un medio de prueba, que consiste en el relato de un tercero al juez sobre el conocimiento que tenga de hechos en general.

El testigo, que es el medio para producir el testimonio, no solo debe ser conocedor directo de las cuestiones sobre las que se le deberá interrogar, sino que también “debería” ser imparcial (característica poco vista en la realidad), es decir, no tener un interés particular en el juicio, y de no estar en una posición de relación de intimidad o de enemistad con alguna de las partes en el juicio, contratando esto último con la realidad.

Contrario a los que defienden que el fundamento del testimonio es su presunción de verdad, el penalista colombiano Nodier Agudelo, dice que como la verdad se construye, el hombre, que es el medio para producir el testimonio, perfectamente puede construir por medio de éste, su propia verdad, no la vedad real, sino la verdad que decide contar.

Eduardo Jauchen, en su libro “Tratado de la prueba en materia penal”, afirma que como el testimonio es un quehacer del hombre, éste en su quehacer, puede ceder con facilidad a las tentaciones del dinero fácil, a las amenazas o incurrir en error en sus diversas manifestaciones.

Nicola Framarino Dei Malatesta,  en su libro “Lógica de las pruebas en materia criminal”, dice que es mucho más difícil para el hombre idear una mentira. Que el testigo solo debe limitarse a decir la verdad, solamente lo que recuerda, porque  que si en cambio éste miente, no solamente narrará lo que recuerda, sino que tendrá que fabricar circunstancias que posteriormente deben ser conservadas en la memoria paralela a los hechos realmente percibidos.

Yesid Reyes Alvarado, en su libro “La Prueba testimonial”, afirma que debe seguirse reconociendo que el ser humano tiene una tendencia natural a confiar en sus semejantes, la cual constituye el fundamento de la prueba testimonial.

El testimonio en materia penal, pese a las debilidades que se le atribuyen como medio probatorio para fundar una sentencia en un proceso penal moderno, ciertamente no es ni probablemente será por el momento la panacea probatoria que contribuya más objetivamente con el esclarecimiento de la verdad en los procesos jurídicos penales de nuestra región centroamericana y del Caribe.

La realidad es que los precarios presupuestos que nuestros estados destinan anualmente a la administración de justicia, impide que nos dotemos de una tecnología de punta para realizar nuestras investigaciones criminales y profesionalizar nuestro personal investigativo, lo que obstruye la posibilidad de poder contar con medios probatorios científicos para fundar las decisiones judiciales de nuestros tribunales, a lo cual aspira todo estado social, democrático y de derecho, por lo que, este medio probatorio llamado testimonio, seguirá gravitando y teniendo presencia e incidencia directa en las decisiones judiciales que nuestros tribunales dicten en los casos penales sometidos a su jurisdicción.

JPM
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