Corregir la vergüenza del crimen
El derecho penal era inicialmente solo el derecho de venganza, y este derecho, totalmente privado, herencia de toda una familia, adscrita también a la familia del delincuente, persiguiéndose en su persona y en la de sus hijos, nietos, todos sus parientes, hasta que la sangre lavó la sangre.
Esta pasión salvaje ha dejado huellas en toda la legislación primitiva, y nuestra civilización aún no ha logrado extinguirla por completo.
A la venganza privada ha sucedido a veces la redención por dinero, el wergeld,(alemán) consagrado y regulado por la ley bárbara o por las costumbres locales, como entre las tribus guerreras de Alemania, a veces por los principios de expiación religiosa, como en la mayoría de los países orientales como India, Persia, Egipto y Palestina.
Los hechiceros, los nigromantes, los que mezclaban la sangre de una raza inferior a la de los guerreros o sacerdotales eran quemados; los que violaron el descanso sabático fueron ejecutados; los que comían alimentos prohibidos eran golpeados con varas.
La pena religiosa, aunque conservaba parte de su imperio, vio nacer la pena política, es decir, una ley en virtud de la cual las acciones criminales eran castigadas como delitos contra la autoridad del rey o del señor, o de la casta dominante.
Es sobre ese principio que fue fundada la confiscación; pues el rey o el señor al ser ofendidos, los bienes del ofensor le pertenecían de derecho. A él también era atribuido el patrimonio de aquellos que se habían suicidado. ¿Qué puede ser más natural?
Montar una yegua cuando no se era de raza noble, vestir ropa de seda o matar un conejo eran acciones más castigadas que hoy el robo, la estafa y el abuso de confianza. A la penalidad política, el espíritu moderno ha sustituido la penalidad social o las penas infligidas a nombre y en el interés de la sociedad.
Ese solo cambio bastó para hacer desaparecer muchas iniquidades y horrores, para rodear al acusado de garantías más serias, para asignar al juez una tarea más augusta y más digna de él, defender la sociedad misma de una manera más eficaz, hacer caer los caballetes y los instrumentos de suplicio, armas de la venganza más bien que de la justicia.
Imagine, una legislación penal sin principios, como se ha llegado a menudo, que el triunfo o la dominación de una secta, un partido, una forma de gobierno, una clase más o menos numerosa de la sociedad, que se convertirán entonces las formas protectoras de la justicia, la integridad y la independencia de los jueces, la seguridad de los acusados, los derechos de la defensa. La fortuna, la libertad, el honor, la vida de los particulares.
Todo se sacrificará por el objetivo que perseguimos, porque él, en lugar de ser general, en vez de ser el de la sociedad misma y de ella en su conjunto, sea sólo la satisfacción de uno. Interés egoísta, prejuicio intolerante u orgullo intratable.
Sin ir tan lejos, admita solamente que la justicia penal, en vez de colocar su tarea a la represión de los crímenes que ataquen el orden social, se propone perseguir la inmoralidad bajo todas sus formas, hasta al pecado, o lo que es considerado como tal, por una religión determinada, hasta los errores del pensamiento.
Usted verá renacer los procesos de herejía y de brujería, la inquisición con todos sus instrumentos de tortura, escuchará proclamar los edictos como los que proscribían otrora la circulación de la sangre, que prohibían “bajo pena del ciervo” para enseñar cualquier otra lógica que la de Aristóteles, o que ordenó, bajo pena de la hoguera, hacer girar el sol alrededor de la tierra.
Habrás renunciado a la libertad de tu conciencia, a la libertad de tu inteligencia, a la paz y al honor de tu hogar.
JPM
catedra magistral, eminente jurisconsulto. leyendo al dr. dotel matos se aprende. no hay palabras suficientes para calificar a esa lumbrera del pensamiento y las leyes. muchas gracias doctor por enseñarnos.
excelente trabajo.