Ayuntamientos y prestaciones laborales

            En la administración pública de la República . Dominicana (RD) el personal más inestable y que devenga los  sueldos de menor valor  es el  de los ayuntamientos.

Aun cuando parezca  increíble, la mayoría del personal de los ayuntamientos recibe su remuneración   por debajo del salario mínimo en la administración pública. Se tiene el sueldo de 5,117 pesos mensuales para el salario mínimo de los empleados de las instituciones del Estado. Sin embargo, en los ayuntamientos todavía se está pagando hasta 2 mil   y 3 mil pesos mensuales, razón por la cual muchos de esos servidores no califican para la seguridad social.

A esa triste realidad se le adiciona la negativa de varios alcaldes a pagar las prestaciones laborales de los empleados que, con derechos adquiridos y sin cometer faltas en el desempeño de sus funciones, son cancelados para crear vacantes que les permitan  favorecer a los seguidores políticos y amigos de los funcionarios municipales de turno.

Amparados en derechos constitucionales, en los Arts.  70 y 98 la Ley No. 41-08, en el Art. 138 de su Reglamento de Aplicación No. 523-09, en diferentes jurisprudencias y en la Ley No. 176-07, los empleados municipales, desde que son cancelados,  acuden al Ministerio de Administración Pública (MAP), institución que les entrega un documento en el que les especifican los montos  a recibir por concepto de prestaciones laborales.

Esa misma comunicación también se envía a las direcciones de Recursos Humanos de los cabildos, cuyas disposiciones legales varios  alcaldes se niegan a cumplir.

Esos humildes empleados, que son lanzados a las calles, padecerán el viacrucis de empezar a desenvolverse junto a sus familias sin los ingresos mensuales ni seguros médicos y sin recibir el pago de sus prestaciones laborales, con lo cual se les comete una flagrante injusticia que, lamentablemente, en la RD no tiene ninguna consecuencia y esas autoridades municipales siguen disfrutando de “la paz, el bienestar  y el orgullo” que les otorga el cargo que, transitoriamente, ocupan en los ayuntamientos.

Hasta cuándo las autoridades del MAP y los tribunales continuarán apañando con sus indiferencias e inacción esas violaciones y maltratos a los mal pagados empleados de los ayuntamientos que, cada cuatro años, pasan por el sufrimiento y frustraciones  que se les produce cuando las autoridades municipales se burlan, olímpicamente, de las leves vigentes que juraron cumplir y en contra de los derechos adquiridos por los servidores públicos en “sus  ayuntamientos”.

Por las debilidades del movimiento sindical, la falta  de una verdadera asociación de empleados públicos y la indefensión que sufren los empleados de los ayuntamientos, sólo les queda formularse esta lamentable pregunta:

Qué hacer con aquellos ayuntamientos que sus autoridades, en franca violación de la Constitución y leyes vigentes,  se niegan a pagar las merecidas y legales prestaciones laborales a sus desahuciados empleados?

JPM

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