Advierte la RD debe respetar fallo Corte

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SANTO DOMINGO.- La
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de la República Dominicana
calificó como “justa y apegada al derecho internacional de los derechos
humanos”, la sentencia de la Corte
Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH)
que condena al Estado dominicano por el caso de personas expulsadas del
país.

La CNDH emitió una
larga declaración escrita ALMOMENTO.NET, firmada por el doctor Manuel María Mercedes Medina,
en la que hace un análisis de la sentencia y sus consecuencias.

El texto completo de la
declaración es el siguiente:

«La Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)
valora como justa y apegada al derecho internacional de los derechos
humanos, la sentencia de la Corte
Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) del 28 de agosto del 2014 con la
que ha sido condenado el Estado dominicano “en el caso de Personas Dominicanas
y Haitianas Expulsadas Vs. República Dominicana” por las siguientes violaciones
de los derechos establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos:

Violación al
reconocimiento de la personalidad jurídica (artículo 3), violación al
reconocimiento de la nacionalidad (artículo 20) y del nombre (artículo 18), violaciones el derecho a la identidad, a la
libertad personal (artículo 7), de circulación y de residencia (artículo 22.1,
22.5 y 22.9), garantías judiciales (artículo 8.1), protección judicial (artículo
25.1), protección a la familia (artículo 17.1), y protección de la honra y de
la dignidad en relación con la prohibición de injerencias arbitrarias en la
vida privada y familiar (artículo 11.2).

Cabe resaltar además
que la Corte verificó que “al menos en
la época de los hechos del presente caso, durante un período cercano a una
década a partir de 1990, en República Dominicana existía un patrón sistemático
de expulsiones” y que “los hechos del presente caso se insertaron en un
contexto en que, en República Dominicana, la población haitiana y las personas
nacidas en territorio dominicano de ascendencia haitiana comúnmente se
encontraban en situación de pobreza y sufrían con frecuencia tratos peyorativos
o discriminatorios, inclusive por parte de autoridades, lo que agravaba su
situación de vulnerabilidad”.

Como institución
defensora y promotora de los derechos fundamentales del pueblo dominicano y de
los seres humanos, hemos constantemente denunciado esta situación en todas las
instancias nacionales e internacionales.

Considerando que la
República Dominicana ha firmado y ratificado la Convención americana sobre
derechos humanos del año 1969 (Pacto de San José), valoramos como extremadamente grave esta
sentencia emitida por la CIDH, que una vez más,
condena nuestro Estado por graves violaciones de los derechos humanos.

Agregamos, que vista la situación respecto a las
violaciones de los derechos humanos, situación
que cada año se deteriora siempre más,
y vistas las reiteradas denuncias que estamos presentando ante los
organismos internacionales, tanto respecto a la
sentencia del Tribunal Constitucional No. TC/0168/13 y los artículos 6,
8 y 11 de la Ley No. 169-14, que de acuerdo a cuanto dictado por la CIDH
“resultan violatorios de la Convención Americana” , cuanto respecto a las ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones forzadas, no cabe la menor
duda que el Estado dominicano se encontrará a menudo en el banquillo de los
acusados por graves violaciones de los
derechos humanos, a menos que nuestros gobernantes y nuestras instituciones no
cambien el rumbo de las cosas y opten por administrar el país bajo un efectivo
y real Estado Social y Democrático de Derecho,
como establecido en nuestra Constitución en su artículo N.7

Lamentamos que al fin
le toque al pueblo dominicano pagar de su bolsillo por esta conducta
irresponsable ya que la sentencia de la CIDH
dicta también medidas económicas que tienen que ser respetadas por el Estado.

Finalmente, instamos las autoridades a no escuchar las
voces de presuntos “nacionalistas” que llaman a la salida del país de los que son universalmente reconocidos
como los mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos, ya que estar bajo el amparo
de estos organismos nos inserta a pleno título en la que se define “comunidad
internacional”.

Jpm

ss-am

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